Tras ADN, el TSE ratifica cancelación de la sigla de UCS
El TSE ratificó la inhabilitación de esta agrupación política, cuya personería jurídica fue cancelada por no obtener un mínimo del 3% de los votos en las elecciones presidenciales
El presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Gustavo Ávila, respondió al cuestionamiento del por qué solamente se canceló una de las dos personerías jurídicas; de las agrupaciones políticas que alcanzaron menos del 3% de votación en las Elecciones Generales 2025.
“ADN (Acción Democrática Nacionalista) y UCS (Unidad Cívica Solidaridad) han recurrido al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), y esta instancia solamente se ha pronunciado en relación a ADN. Cuando se pronuncie por UCS, vamos a tomar la determinación que el TCP ordene”, explicó Ávila en conferencia de prensa.
Tras la resolución del TCP, el Órgano Electoral emitió un comunicado, en el cual ratificó su decisión de cancelar la personería jurídica del partido ADN, en cumplimiento del Auto Constitucional 0782/2025-CA y mediante la Resolución Administrativa TSE-RSP-ADM N.° 020/2026, al no haber alcanzado “al menos el tres por ciento (3 %) del total de votos válidos” en la última elección.
Según el comunicado oficial, esta determinación había sido suspendida de manera temporal debido a una acción de inconstitucionalidad presentada por la propia organización política.
Sin embargo, tras el pronunciamiento constitucional correspondiente, se procedió a la cancelación definitiva de la personería jurídica, incluyendo a las alianzas políticas que se conformaron con ADN como integrante.
El titular del TSE resaltó que los inhabilitados no pueden registrarse en otro partido que esté en carrera.
“Cuando una organización política pierde su personería jurídica, esos candidatos, que estaban participando en el proceso electoral, están inhabilitados. Por lo tanto, ya no pueden participar, ya no pueden inscribirse en otra organización política o en otro cargo”, completó.
